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Por JOSÉ CALABRÚS LARA / El fin de la televisión pública municipal de Jaén estaba cantado años antes de que se produjera; del mismo modo que nació en su momento por decisión política de los que entonces mandaban y se ha mantenido en el tiempo pese al déficit acumulado, ha sido otra, en sentido contrario, de los que ahora ocupan el gobierno municipal, la que le ha puesto fin. Es discutible que el montaje y mantenimiento de un medio de comunicación audiovisual pueda encuadrarse como servicio público, que -por supuesto- no está entre los esenciales que debe prestar un Ayuntamiento. Tradicionalmente los gobiernos de izquierda, más expansivos en sus tendencias intervencionistas, suelen ser partidarios de estos medios públicos; y los de derecha, de corte liberal, dejan estas cuestiones a la iniciativa privada. En el caso de Jaén, esa tendencia es distinta puesto que Onda Jaén fue creada por el gobierno municipal del PP y ha desaparecido a manos de otro del PSOE. En todo caso, de esta reflexión inicial solo pretendo señalar el carácter discrecional, desde el punto de vista de la competencia de la creación y mantenimiento y extinción, de un medio de comunicación público.

Desde esa perspectiva, de la consideración como un servicio no esencial, estimo necesario analizar los hitos o momentos sucesivos que han llevado al fin de la televisión municipal de Jaén, para que se pueda entender adecuadamente lo ocurrido, desde el prisma de la libre determinación adoptada -sensu contrario- de los que en su día la crearon.

Estimo que desde que, a principios de 2017, se extinguió la entidad mercantil inicialmente creada para ser soporte del medio de comunicación (Somucisa), bien para diluir las pérdidas o pasar las obligaciones del ámbito mercantil al directamente público y se optó por la gestión directa del propio Ayuntamiento que subrogó a todos los trabajadores, quedaron sentadas las bases para una eventual extinción. Este cambio, sin la creación de los nuevos empleos en la Relación General de Puestos de Trabajo Municipal, dejaba este servicio al albur de las previsiones presupuestaria y, por tanto, a revisar cada año, si se optaba por seguir manteniendo el servicio deficitario o se decidía ponerle fin; evidentemente, se trataba de una decisión política articulada en función de las mayorías que en cada momento gobernasen.

En este contexto, se produce el oscuro incendio de Agosto de 2019 -no tanto por la negritud del humo que cubrió las instalaciones sino por lo arcano de su origen y causas, no investigadas suficientemente, ni esclarecido- lo que provocó el sobreseimiento provisional de las diligencias judiciales incoadas. Este pudo ser el punto de no retorno de una determinación que parecía intuirse; efectivamente, al socaire del incendio, el gobierno municipal provocó un acuerdo del Pleno de extinguir los contratos de los trabajadores por causa de fuerza mayor. Tramitado el oportuno expediente derivado de la ejecución del acuerdo plenario, fue desestimado por la autoridad administrativa laboral.

Como la intención del equipo de gobierno era terminante de acabar con la televisión local y despedir a los trabajadores de un modo u otro, se adoptó un nuevo acuerdo en el Pleno a mediados de 2020 que motivó otro expediente laboral de extinción colectiva -en este caso de todos los trabajadores- por causas organizativas y de producción. En definitiva, este cauce previsto legalmente para empresas privadas en crisis fue el utilizado por la mayoría de gobierno en la Corporación para imponer su acuerdo que no deja de ser razonable, hasta cierto punto, de no seguir haciendo frente indefinidamente al déficit que generaba este servicio no esencial. No obstante la anterior opinión, no puede soslayarse la realidad de las penurias económicas que atraviesa el Ayuntamiento de Jaén, que ni tienen su origen en la radio y televisión local, ni se resuelven sus males con su desaparición.

Razonable o no la decisión, se encuadra claramente en la categoría de los actos políticos, es decir, que exceden de lo meramente administrativo precisamente por su carácter discrecional, aunque dudo que -dada la situación económica- pudiera tacharse de arbitrario. El Ayuntamiento hubiera podido adoptar esta disposición o la contraria, arbitrando, en este caso, las medidas para hacer reducir las pérdidas, procurar la viabilidad del servicio o, en su caso, externalizarlo para hacerlo posible.

Decidido el camino, estaba claro y expedito porque la legislación laboral puede dar cobertura en materia de extinciones colectivas a poner fin a negocios deficitarios, aun cuando pertenezcan a entes públicos, solo a condición de que no sean esenciales.

Recorrer el camino judicial con ahínco, por una y otra parte, no permite trasladar la responsabilidad de poner fin a un medio de comunicación, echarle la culpa a los Tribunales ni, desde otro punto de vista, eximir de culpa a quienes lo decidieron que no es otro que el Pleno del Ayuntamiento de Jaén. El mundo de la política es el de la discusión sobre su procedencia y efectividad, y el de los Tribunales el de declarar si lo resuelto se ajusta o no a derecho, que es lo que los hechos han venido a demostrar que, al menos formalmente, el despido de los trabajadores fue conforme a la Ley. Prueba de ello es que dos resoluciones judiciales, del TSJA y el Tribunal Supremo, así lo han declarado.

Las propias sentencias son muy ilustrativas y evidencian cuanto hasta aquí he venido comentando: el incendio, que penalmente no ha tenido trascendencia, sí reveló la intención municipal de acabar con el servicio y despedir a los trabajadores, como se intentó. Al no ser admitido administrativamente, se recurrió a la segunda vía, el despido por causas organizativas y de producción. Fueron dos sesiones distintas del Pleno municipal de 20 de Diciembre de 2019, para la “fuerza mayor” y -descartada ésta- el 10 de Junio de 2020, la definitiva, que presenta la cuestión por la inviabilidad económica de la televisión y la escasa utilidad pública del mantenimiento del servicio, concretándose así las invocadas causas organizativas y productivas. Del mismo modo -como he señalado antes- con una valoración distinta, sobre la base de ponderar la utilidad pública por encima del coste del servicio, pudiera haber tenido cabida el acuerdo del Pleno de dar cobertura para mantener la política presupuestaria anterior de conservar el servicio.

A modo de resumen de esta reflexión ex post, el Ayuntamiento de Jaén, optó por suprimir Onda Jaén y reducir gastos a cambio de privar a los jienenses de un medio de información y comunicación que -rentable o no- había prestado un buen servicio a la ciudadanía y a la propia ciudad en la difusión de su cultura, sus monumentos, costumbres y tradiciones. También un riesgo de limitar el derecho a la libre información de sus habitantes, máxime en una ciudad como la nuestra que no está sobrada de medios. Es siempre triste y supone el empobrecimiento social. Truncar la vida laboral de los periodistas que servían la información y opinión es lamentable; pero esa es otra historia, para la que no tienen remedio los Juzgados y Tribunales.

Foto: Trabajadores de Onda Jaén en una de las numerosas acciones de protesta que mantuvieron por la defensa de la televisión y de sus puestos de trabajo.

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