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Hora es ya de acabar esta larga reflexión iniciada a primeros de Octubre tratando de responder a la pregunta ¿Quién responde aquí?; me temo que hasta ahora la respuesta no sea muy satisfactoria y anticipo que tampoco lo será al final, puesto que como dice aquel sabio refrán “unos por otros, la casa sin barrer”.

Cualquier grupo organizado y más si opera en el ámbito del derecho público o que presta servicios relevantes en la sociedad, dispone en su seno de mecanismos de autorregulación y de exigencia de responsabilidad, más allá de los establecidos en las normas de general aplicación. De este modo, entidades locales, fundaciones, colegios profesionales y asociaciones de todo tipo, disponen de normas propias que disciplinan la actuación de sus miembros, reconocidas en la Ley, de naturaleza, en ocasiones, incluso metajurídica, ética o deontológica, de modo que puedan garantizar los servicios que sus miembros ofrecen a la sociedad que los demanda, a veces en régimen de exclusividad.

Así debería ser en el campo de la política, y no faltan elementos, internos en los partidos y en las instituciones, destinados al control de la actividad de personas y grupos, que deberían ser suficientes para garantizar la rectitud de los intervinientes en las cuestiones públicas. Debería interesar a los partidos lavar sus ropas y sus manchas en la intimidad… (Suspendo aquí esta reflexión general no sea que mis lectores huyan en desbandada pensando que estoy en Babia o he perdido el sentido).

Baste –hoy por hoy- con decir que la ley que regula los partidos y grupos políticos contiene normas para su autorregulación y exigencia de responsabilidades, y las normas generales que regulan la actividad política también contienen previsiones de supervisión y control; otra cuestión es el uso que de ellas se haga. De hecho, o no se hace, o se hace mal.

La organización piramidal de los partidos, las listas cerradas, la endogamia interna y la ceguera a ver vigas en ojo propio;  la tendencia a salvar contra viento y marea a “los suyos” e incriminar al adversario, dan al traste con estos mecanismos. No hay más que pensar en los magros resultados producidos por las escasas comisiones de investigación que en el ya largo periodo democrático se han creado en distintos parlamentos e instituciones y la nula actividad depuradora y sancionadora de los grupos y partidos políticos, salvo para aquello que les interesa, aunque prediquen otra cosa. Son rapidos en amortizar lo malo y maestros en el “y tú más”.

Así las cosas, la única forma de exigir la responsabilidad política, por más que cacareen unos y otros, la tienen los ciudadanos cuando emiten su voto; es decir, que la única posibilidad de sancionar y reprobar a un político o a un partido, aparte de coros, danzas, aquelarres parlamentarios y linchamientos varios, llevados a cabo casi siempre “ad pompam vel ostentatione”, no hay otro camino que el castigo en las urnas.

No es poco, debería ser más y -sobre todo- un actuar inmediato y “más fino” para diseccionar conductas, distinguir lo bueno de lo malo y castigar sólo al que se lo merece, separando el trigo de la cizaña. Pero, ¡ay de las listas cerradas!

Confirmo, por tanto, que aunque a lo largo de la experiencia política en nuestro país, que dura ya cuarenta años, haya habido comisiones de investigación, mociones de censura y reprobaciones, no se ha utilizado -por desgracia- adecuadamente la exigencia de responsabilidades políticas; en las escasas ocasiones en que se ha producido ha devenido ineficaz, pues amortizada la responsabilidad con el premio de la reelección en las urnas, a algunos de los reprobados ha vuelto la inquina en -algunos casos- y el olvido -en otros- a tratar de forma desigual, conductas iguales.

Les presentaré un ejemplo paradigmático que, catorce años después, sigue de plena actualidad: el accidente aéreo del Yak-42 ocurrido en mayo de 2003, que es la peor tragedia del ejército español en su historia en tiempos de paz.

De tan luctuoso acontecimiento se han derivado copiosas iniciativas subsumibles en los tipos de responsabilidades de las que he venido tratando: políticas, administrativas, civiles, penales y de responsabilidad patrimonial. Está en las hemerotecas y les ahorro el largo discurso.

Algunas pinceladas:

– La Comisión de Defensa del Congreso en junio de 2005 acordó la reprobación del Ministro de Defensa Sr. Trillo (claro ejemplo de exigencia de responsabilidad política).

–  El Ministerio de Defensa abrió una información interna que quedó suspendida por la prejudicialidad penal (responsabilidad administrativa).  

– Se han seguido dos procedimientos penales en España y alguno más en Turquía, todos han terminado con sobreseimiento y archivo o alguna leve condena para personajes de segundo orden que inmediatamente fueron indultados. En esta vía intervinieron distintos juzgados, hasta el Tribunal Supremo por el aforamiento ministerial (responsabilidad penal, tan ruidosa como ineficaz).

– La vía civil ante el Juzgado de 1ª Instancia de Zaragoza, que también llegó hasta el Tribunal Supremo, y en la que las familias recibieron su indemnización en 2014 (responsabilidad civil).

-La vía de Responsabilidad de la Administración, promovida  ante el Ministerio de Defensa que quedó suspendida hasta que se archivaron las actuaciones penales y que aún no ha terminado, siendo el penúltimo eslabón el informe del Consejo de Estado que culpabiliza, por responsabilidad objetiva, al Ministerio de Defensa sin acepción de personas y que -tras el reciente perdón de la Ministra, ratificado por el Presidente- hace presagiar una resolución resarcitoria para las víctimas (responsabilidad patrimonial de la administración).

De esta lamentable historia, adobada convenientemente por la opinión publicada y las tertulias, por llevar –unos y otros- agua a molinos extraños, han sido dañadas las víctimas en su constante peregrinar de catorce años en pos del resarcimiento.

Estrambote: el Ministro Trillo que fue previamente reprobado en 2005, dimitido, y resultó absuelto; después reelegido y ahora -como consecuencia de la responsabilidad patrimonial, previsible desde el comienzo- de facto se le reprueba de nuevo, cesa de embajador en el Reino Unido, y –además- intentan que no se reincorpore a su plaza de funcionario público, cuando no existe documento alguno que lo acuse.

El caso Yak-42 es la prueba del nueve de lo que es la responsabilidad de los políticos y de la política. “Unos sin caldo y a otros tres tazas”.

P.S.

¿Cuántos Spiryman precisamos en Jaén? Envidia sana de nuestros vecinos granadinos.  ¿Será el triunfo de la “malafollá granaína?

 

 

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